El demandante efectuó reclamos de registración laboral a la empresa y por eso fue despedido
La justicia de trabajo falló a favor de un ex empleado de Cabify y se convierte en el primer fallo en el que se reconoce que los trabajadores de plataformas digitales no son independientes, sino que tienen una dependencia laboral.
«El demandante ingresó a trabajar a las órdenes de Cabify a fines de 2016, desarrolló funciones de chofer con vehículo, cumplía con una carga horaria y percibía una remuneración, previa facturación. Más tarde efectuó reclamos de registración laboral a la empresa y por eso fue despedido», explicaron.
La sentencia fue dictaminada por la Jueza Viviana Dobarro, a cargo del Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo N° 21, quien se encarga de marcar un punto de inflexión en la relación entre los trabajadores y las plataformas digitales.
La jueza indicó que «la Ley de Contrato de Trabajo presume que existe relación laboral dependiente por el solo hecho de prestar servicios a favor de otro, salvo que se demuestre lo contrario».
«A mi modo de ver, es dable decir que efectivamente tal servicio lo fue en el marco de una relación de dependencia con la accionada, más allá de las formas, denominación y apariencia jurídica que pudieran otorgar las partes contratantes a la vinculación habida entre sí, en virtud del principio de la primacía de la realidad, que se desprende del propio art. 23 L.C.T», concluyó Dobarro.