Deberán informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores a 90.000 pesos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó los montos a partir de los cuales las billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes.
La nueva resolución establece en 30.000 pesos «el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas».
Además, se estableció que «las billeteras virtuales deben informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores en ese período a 90.000 pesos».
Por último, «se establece un umbral de 200.000 pesos a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales».